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Showing posts from November, 2011

La Subcontratación Laboral

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La subcontratación laboral es términos generales, una practica comercial muy frecuente en nuestro contexto, siendo el mas importante para nuestro estudio aquellas formas de subcontratación laboral cuyo objeto es la prestación de trabajo para un empresa usuaria, en condiciones de subordinación de facto, sin que entre el trabajador y la empresa exista una relacion laboral directa.   Sin embargo debemos precisar que lo que hoy en día se conoce como subcontratación laboral, comprende dos situaciones conceptualmente muy distintas, aunque con algo en común. La primera de ellas es la subcontratación laboral entendida como la mano de obra a través de un intermediario, es así que entre sus modalidades mas frecuentes el de suministro de mano de obra inter – empresas o entre empresas principales y subordinadas. En todos estos casos, la característica común es el mantenimiento de un contrato de trabajo formal con el suministrador de mano de obra, al tiempo que se establece una relacio...

Regalias Mineras: ¿Contraprestacion o Tributo?

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En Junio de 2004 se creó Ley de Regalías Mineras (Ley Nº 28258) tras un gran debate respecto a su naturaleza jurídica. La disyuntiva se enmarcaba en el sentido que era un tributo a los titulares de las concesiones mineras, pero por otro lado se le denominaba una contraprestación al Estado por la explotación de sus recursos minerales. En el artículo 2 de la ley señala que “La regalía minera es la contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la explotación delos recursos minerales metálicos y no metálicos”. Según el Diccionario Jurídico Fundamental de Pedro Flores Polo define como contraprestación como: “La prestación a la que se obligan recíprocamente cada una de las partes en un contrato bilateral”. De lo anterior entonces se puede colegir que la utilización del término prestación presupone un acuerdo de voluntades. No obstante que en la realidad no existe un acuerdo entre el Estado y los particulares. Todo lo contrario las Regal...

Disminución en el Otorgamiento de Hipotecas: El Caso de España

El más importante de los riesgos que afectan a la actividad de estas instituciones profesionales de crédito y el más estudiado, sin duda alguna, es el riesgo derivado de los créditos que otorgan. Vinculadas al crédito aparecen las garantías, cuya finalidad es acercar la probabidad de cobro a la certeza, aunque sin asegurarla jamás. En consecuencia, las garantías son seguridades adicionales por las cuales el deudor o un tercero aportan bienes o patrimonios, a fin de reducir o limitar el riesgo del acreedor con motivo de una operación de crédito. Dentro de este contexto aparece la hipoteca como aquel derecho real de garantía y de realización de valor que que recae sobre bienes inmuebles, y que asegura el cumplimiento y la satisfacción forzosa de un crédito mediante la concesión a su titular de la facultad de llevar a cabo la realización del valor de aquéllos, enajenándolos y percibiendo su precio a través del procedimiento legalmente establecido y cualquiera que sea en ese momento su pos...

El Carácter Persecutorio de los Créditos Laborales

Se sabe bien que en la legislación vigente los sujetos de la relación laboral no se han definido, pero estos se encuentran en distinción a las actividades ocupacionales del contrato de prestación de servicios, en materia civil, ya que éstos, se diferencian por que “los sujetos de la relación el trabajador pone en disposición del empleador sus servicios de manera personal, directa y subordinada, a cambio de una contraprestación” Identificando a los sujetos de la relación laboral, será sencillo desarrollar el presente capítulo, pues la implicancia del carácter persecutorio en los créditos laborales, implica la intervención de un tercero en la relación laboral, pero este se situará en el lugar del empleador. Los créditos laborales. El desarrollo de los créditos laborales es importante y se encuentra establecido en el Decreto Legislativo N° 856, en la cual establece a los créditos laborales en la siguiente clasificación: - La compensación por tiempo de servicios, la cual constitu...

De las supuestas críticas al AED I: ¿El Análisis Económico puede aplicarse a todo el derecho?

1. Una de las más fuertes críticas al Análisis Económico del Derecho (AED) es que no puede aplicarse a absolutamente todas las ramas del Derecho. Y aunque muchos estudiosos han logrado comprobar progresivamente que ello sí es posible, los puritanos civilistas "clásicos" (vale decir, romano-germánico conservadores) no aceptan tal posibilidad, y afirman que el AED no puede aplicarse en tal o cual rama del derecho, o que si lo hace, la distorsiona tanto que pierde su esencia. 2. Al respecto, y tal como se ha comentado en algunas entradas anteriores, en sentido estricto, el AED, es eso, un análisis económico. Por el contrario, la economía jurídica (EJ) resulta un concepto superior, tanto en esencia como en forma, al AED en estricto. La distinción o interrelación entre AED y EJ será tratada en una futura entrada de blog, por lo que por el momento nos concentraremos en el alcance que puede tener el AED en el Derecho.  3. En este extremo, es conveniente precisar que es mejo...

Algunos Aspectos Tributarios Según El Tribunal Constitucional

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Con fecha 15 de Noviembre el Tribunal Constitucional ha expedido la sentencia recaída en el Exp. Nº 03769-2010-PA/TC, que declara infundada la demanda interpuesta por la Central Azucarera Chucarapi Pampa Blanca S.A. Donde se reitera la jurisprudencia tributaria-constitucional y se hacen algunas precisiones sobre el sistema tributario. El TC reitera la constitucionalidad de algunos regímenes tributarios como el IGV en tanto que responde a fines extrafiscales como la lucha contra la evasión tributaria a la luz de principios constitucionales tributarios como el sostenimiento de los gastos públicos y de solidaridad tributaria consagrado implícitamente en el artículo 43º de la Constitución. En efecto, la función recaudadora se admite en circunstancias excepcionales y justificadas para el logro de otras finalidades constitucionales. Conforme lo ha señalado previamente el TC en la sentencia Nº 06089-2006-PA/TC, las percepciones al IGV evaluadas tienen naturaleza de pagos a cuenta o anticipos,...

Ley General de Trabajo

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Ésta nueva norma que trata el Estado de crear, será una buena forma de estudio y seguimiento, dará más eficiencia a la aplicación de la normativa, pues el orden normativo es esencial.  Es de conocer que tenemos diversas normas laborales, entre ellas:  Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Reglamento del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores, Ley que regula los servicios de tercerización, Ley de Modalidades Formativas Laborales Ley Nº 28518 y su reglamento, La ley de compensación por tiempo de servicios y su reglamento entre otras.  Ésta diversidad de normas, para personas que no están muy ligadas al mundo jurídico, será casi imposible de entender, y las normas no son solo para los abogados, si no para la ciudadanía en general.  Una idea muy buena, ahora solo esperamos, que el proceso legislativo, evalúe de forma efici...

Responsabilidad Solidaria frente a las obligaciones de naturaleza laboral

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¿Qué es la responsabilidad solidaria? Es una situación legal en que se encuentran dos personas, sujetas a pago ante una misma prestación por el cual a cualquiera de ellas se le puede exigir el pago. Existe responsabilidad solidaria, cuando una sola obligación y dos o más deudores, cualesquiera, de estos debe realizar el pago de la prestación en su totalidad, es decir cada  uno de los deudores debe prestar íntegramente el coste de la prestación.[1] TERCERIZACIÓN La tercerización es una forma de poder contratar a  determinadas empresas, para que estas desarrollen actividades especializadas u obras, de acuerdo al rubro u desarrollo en el cual se desempeñan, pero siempre y cuando estas asuman dichos servicios prestados por su cuenta y riesgo; también deben contar  con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales; por otro lado también que sean responsables por los resultados de sus actividades Y sus trabajadores estén bajo su exclusiva subordi...

El Tribunal Constitucional y el Proyecto Majes Siguas II

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Con fecha 08 de Noviembre el Tribunal Constitucional declaró fundado el Proceso de Amparo referido al proyecto Majes Siguas II (Exp. Nº 01939-2011-PA/TC). En esta demanda el TC ordena la realización de un nuevo y definitivo estudio técnico de "balance hídrico integral", que será realizado de manera inmediata por la iniciativa de tres partes: Gobierno Nacional, Gobierno Regional del Cusco y Gobierno Regional de Arequipa. Sin embargo esta sentencia no indica si el estudio hídrico condiciona o no el inicio de obras del proyecto. En efecto, podría interpretarse que la ejecución de la obra pueda ser antes, durante o después del estudio técnico. Desde esta perspectiva, la ejecución de la obra puede ser después del estudio realizado por el ANA o al menos de forma simultáneo, dependerá de la finalidad de los estudios técnicos; tampoco puede desecharse la interpretación según la cual el estudio técnico pueda ser posterior a las obras. Ante ello, deberá elegirse la opción más eficie...

Tribunal Constitucional resuelve problema de inversión minera en Cusco

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El Tribunal Constitucional, rechazó la prohibición emitida por el Gobierno Regional del Cusco (Ordenanza N°065-2009-CR/GRC del primero de diciembre del 2009), cabe señalar que ésta ordenanza prohibía a las mineras establecer inversiones. El Tribunal Constitucional aceptó la demanda de Inconstitucionalidad del Ministerio de Energía y Minas, contra la ordenanza ya mencionada. Entonces existe una alta probabilidad que de acá en adelante no se vuelvan a prohibir las inversiones mineras por parte de los gobiernos regionales. EL Tribunal, se basó en el artículo 66° de la constitución: "Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.  El Estado es soberano en su aprovechamiento." Es más por leyes orgánicas se fijan las condiciones de su uso y de su otorgamiento a particulares. Es por ello que la ordenanza carece de sustento jurídico, y más aun violenta derechos constitucionales, por lo tanto es una norma inconstitucional. Jonathan Rafa...

El Peru y la UE: A Propósito del TLC.

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La suscripción del Tratado de Libre Comercio (TLC) con la Unión Europea (UE) asegura un mayor intercambio económico entre ambos contratantes. En efecto, sólo este año el intercambio comercial supera los 10,000 millones de dólares (en el 2010 fueron 9,578 millones), favoreciendo más al Perú. Las exportaciones del país muestran un crecimiento promedio de 15 por ciento debido a que el mercado requiere los productos peruanos 1 . Sin embargo con la entrada en vigencia del TLC las exportaciones aumentarán y gozarán de mayor protección. Pese a ello, el TLC todavía no tiene fecha de vigencia en la medida que se necesita la ratificación de los 27 países miembros; luego el TLC tendrá que ser revisado por el Parlamento Europeo para que pueda entrar en vigencia. En consecuencia, el TLC estará vigente probablemente en Julio del 2012 Pese a que algunos países de la UE tengan dificultades económicos y se encuentren en un momento de austeridad, como es el caso de Grecia; esto no significa un ob...