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Showing posts from April, 2013

¿Puede definirse el tributo como una norma jurídica?

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En doctrina se habla de múltiples definiciones de tributo. Algunos autores lo fijan como obligación ex lege; otros   como prestación pecuniaria objeto de la obligación; y otros como una norma jurídica. Sobre esta última definición, su principal argumento reside sobre la forma en que esta redactado el artículo 74 de la Constitución. Así el citado artículo menciona que  "Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades (...)" (el resaltado es nuestro) De dicha redacción un sector de la doctrina sostiene que cómo sólo las normas jurídicas son susceptibles de crearse, modificarse o derogarse, en el caso concreto la norma fundamental define a los tributos como normas jurídicas. Así también, el hecho de que sobre los tributos recaiga la exigencia de la reserva de ley, contribuiría a dicha posición dado que siendo la ley, o el decreto legislativo de acuerdo a las ...

¿Qué son los "aspectos del tributo" en la fiscalización parcial?

La introducción de la la fiscalización parcial dentro de las potestades de la Administración Tributaria, admitió la posibilidad de evaluar sólo un aspecto del tributo, y así economizar recursos respecto de aspectos que no meritaban ser fiscalizados o no lo eran aparentemente.  Así, para efectos ejemplificativos, se ha señalado que cuando la Administración Tributaria inicia una fiscalización parcial sobre el IGV de una empresa, dicha inspección sólo versaría sobre las compras y no sobre las ventas, o viceversa.  Sin embargo, cuando se busca en la norma que regula por excelencia el tributo, es decir, el Código Tributario; no se encuentra una especificación de lo que son los aspectos del tributo, regulando sólo sus usos (1) . Lo cual es conveniente, debido a que los aspectos de un determinado impuesto no coinciden con los de otro, y mucho menos con los de una contribución, por fijar un ejemplo. Por lo tanto debe evaluarse caso por caso. No obstante ello no ...

El Derecho Penal Económico: Naturaleza económica y retransversalidad

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1. Siempre se ha manifestado que la parte especial del Derecho Penal, es decir, los delitos específicos, se dividen en Delitos Comunes y Delitos Especiales, así como en Delitos Patrimoniales y Delitos No patrimoniales. Divisiones clásicas que esconden la naturaleza económica.   2. No obstante, el Código Penal peruano (y otros tambén) reconoce un tipo adicional de delitos, los delitos económicos, expresados como aquellos que atentan contra el orden económico, el mercado, el orden financiero o el orden monetario. Lamentablemente, este conjunto de delitos es poco estudiado en las universidades, esencialmente debido a una presunta menor frecuencia y a la complejidad económica para que un abogado lo pueda explicar eficazmente.  3. En la actualidad, ha existido un movimiento por el cual se ha buscado la despenalización de los delitos económicos, mediante lo cual se han llevado del derecho sancionador penal al derecho sancionador administrativo, un ejemplo de ello son aquellos delito...

¿Pueden establecerse impuestos que no graven hechos económicos?

En un conocido diario de circulación en el país español, se dio a conocer hoy la propuesta del gobierno catalán de establecer un impuesto a los pisos vacíos. Señalaba la nota de prensa que la autoridad de dicha comunidad sostenía que "no puede permitirse tener a miles de familias afectadas por los desahucios y un parque de viviendas desocupadas de banca y promotores". Y por consiguiente, lo que parecía a priori sólo una expresión más de la "extra-fiscalidad" de un impuesto, nos trae a colación unas reflexiones sobre la teoría general de que un impuesto necesariamente debe recaer sobre un hecho económico. Dice entonces la teoría general del Derecho Tributario que un impuesto siempre debe recaer sobre un hecho económico revelador de capacidad contributiva, ya que ello es lo único que fundamenta la implementación de una merma a la propiedad del contribuyente; todo ello con el fin de que se cumpla con el principio solidaridad (1). De ello podemos inferir que el imp...

Las Fases de las Contrataciones Públicas

Como todo proceso es estructurado con el fin de poder generar el objetivo predestinado de la manera más eficiente y eficaz posible, las contrataciones estatales no ajena a ello, se encuentra conformado por un conjunto de procedimientos que se van a dividir en tres partes consecutivas: Fase de Actos Preparatorios, Fase selectiva, Fase de Ejecución Contractual; además de ello podríamos mencionar la Fase de solución de controversias, que si bien no se da en todo proceso, ayuda a resolver las discrepancias surgidas en este. 1.         FASE DE ACTOS PREPARATORIOS Plan Operativo Institucional (POI) : Es un informe donde se encuentran señalados los objetivos y cumplimientos que se quieren lograr en el año fiscal.  Elaboración del cuadro de necesidades : Es el cuadro donde se va a incorporar cada uno de los requerimientos del área usuaria, que será lo que se necesite durante el año fiscal de la Entidad.  Presupuesto Institucional : Pr...

Conceptualizando el deber de contribuir. Parte I: ¿Quienes son los llamados a cumplir con el deber de contribuir?

En sistemas tributarios iberoamericanos como el nuestro es muy recurrente el uso de la figura del deber de contribuir para fundamentar, procesal o procedimentalmente, cuestiones no pacificas sobre aspectos dudosos de cuando uno debe o no debe pagar tributos. Pero, ¿Qué implica, concretamente el deber de contribuir? ¿Admite excepción? ¿Qué relación tiene con la obligación tributaria? ¿Quienes son los sujetos referidos por este deber? ¿Cuando podemos decir que se ha cumplido con el deber de contribuir? Sin duda son interrogantes muy ambiciosas, algunas han ameritado - o ameritan - investigaciones serias como tesis de grado. No obstante ello, intentaremos plasmar algunas tópicos empíricos de que se debería tener en cuenta al conceptualizar el deber de contribuir desarrollando supuestos y reflexiones a manera de respuestas tentativas a tales interrogantes. Partimos así de analizar ¿Quienes son los llamados a cumplir con el deber de contribuir? Tenemos entonces, ...

Perú: Número de usuarios de mercado regulado de electricidad asciende a 5 millones 858 mil

El pasado 26 de marzo el Ministerio de Energía y Minas publicó la siguiente noticia “Número de Usuario del Mercado Regulado de Electricidad Ascendió a 5 Millones 858 Mil – Producción Total de Energía se Incrementó en Enero en 7.2%”, en el cual se concluyó que un 61.3 % de la generación en el mercado eléctrico corresponde a los privados, en tanto que la participación de las empresas del Estado en ese mercado es de 27.5%. Al respecto, dicho crecimiento resulta económicamente importante para nuestro país, pues la referida noticia no hace más que ratificar que hoy existen mucho más consumidores que antes, favoreciéndose de este modo los sectores más pobres de nuestra sociedad. Por ello, ahora puede decirse gustosamente que la energía llega a los lugares donde el Estado nunca llegó, siendo importante resaltar que es gracias al sector privado que la energía ahora puede llegar a los sectores más humildes, hecho que no hubiera sido posible si en nuestra Constitución no se hubiera incorporado...

El funcionamiento de los Tribunales Ambientales es condición necesaria, pero no suficiente, para resolver los desafíos medioambientales que enfrenta un país: La cultura medioambiental y órganos competentes.

El pasado 27 de marzo, en el diario “La Tercera” [1]  se publicó la nota titulada “Funcionamiento del Tribunal Ambiental”, en cuyo contenido se dejó constancia lo positivo que ha resultado para la Argentina contar con la existencia de órganos judiciales especializados en temas ambientales desde la promulgación de la Ley Nº 20.600.  En dicha nota se desprende que como todo proceso judicial, los Magistrados actuarán conforme a Ley, garantizando el respeto de un debido proceso, así como los principios constitucionales y del derecho ambiental, no dejando de tomar en cuenta los tratados internacionales sobre derechos humanos y del medio ambiente para crear doctrina jurisprudencial y lograr atenuar los problemas del medio ambiente que hoy en día existen. Pero que puede decirse para comentar dicha noticia desde la perspectiva peruana. No es nada nuevo que el medio ambiente, sus conflictos, su desprotección y la irresponsable aptitud que se tiene para no defenderla como se ...

Recomendaciones de la SPDA en el caso del ordenamiento pesquero en el Perú

En la página web de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)[1] se ha publicado parte de la entrevista que Actualidad Ambiental TV le hizo a la investigadora Carmen Heck, quien recomendó, en el polémico caso de la pesca de anchovetas, fortalece al Instituto de Mar del Perú con la elevación a los derechos de pesca e incluir a todas las embarcaciones en el sistema de cuotas. Atendiendo a ello, es importante señalar que las recomendaciones de la citada investigadora son más desde un óptica estructural que del problema de fondo de las anchovetas, no obstante, valen sus aciertos. En primer término, la investigadora recomienda que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE (organismo que recomienda al Ministerio de la Producción la cuota de pesca a asignarse en cada temporada) reciba más recursos para contar con científicos de alto nivel y fortalecer sus capacidades para desarrollar su trabajo de investigación de una manera adecuada. Esto es acertado, pues el IMARPE tiene la misión de rea...

La teoría transversal del Derecho Económico.

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LA TEORÍA TRANSVERSAL DEL DERECHO ECONÓMICO José-Manuel Martin Coronado Socio Principal Estudio Martin Abogados & Economistas (Publicado originalmente en el Blog EMAE  el 12-12-2011) I.          INTRODUCCIÓN.- En el presente artículo, se busca reinterpretar la definición y el contenido del derecho económico, a través de enfoque transversal en las ramas del derecho. Se explicará que existen dos tipos de ramas del derecho (ramas verticales y ramas horizontales)  y que las definiciones tradicionales del derecho económico no toman en consideración los verdaderos alcances e influencia que tiene sobre el Derecho. Finalmente, se discutirá si la teoría transversal del derecho económico facilita o dificulta la determinación de la autonomía del mismo. II.         DEL ENFOQUE Y EL CONTENIDO DEL DERECHO ECONÓMICO.- El Derecho Económico es usualmente asociado al derecho público y como una rama muy esp...

La Regulación de la privacidad de datos en el Internet : Google vs Agencias Reguladoras

En la actualidad existe una gran controversia acerca de un elemento dentro de la regulación del Internet conocido como la "Net Neutrality" o "Neutralidad de la Ley". Mediante este principio, de manera general se establece que debe de existir un trato igualitario y sin restricciones a las fuentes de internet, datos, sin discriminar contenido a usuarios, plataformas, equipos operativos permitiendo que todos los medios de comunicación se mantengan conectados. En razón a ellos, varias agencias reguladoras de Europa (1)  están criticando a Google por su política de privacidad de datos mediante la cual, "Los reguladores del viejo continente cuestionan la combinación automática de datos recolectados de usuarios individuales de sus cuentas de YouTube, Gmail y Google" (1). Producto de lo antes mencionado somos de la idea de que el principio de la Net Neutrality debe de ser respetado puesto que esto permite la difusión de contenido, la generación de nuevos ...