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Showing posts from March, 2015

¿Puede el cliente negarse a pagar el IGV de una venta? [J.M. MARTIN]

+José-Manuel Martin Coronado   Jefe del Departamento Fiscal y Tributario +Estudio Martin Abogados & Economistas (EMAE)   Para nadie es misterio que, en la práctica, el sujeto que paga el Impuesto General a las Ventas (IGV) es el cliente (adquirente o usuario) de un bien o servicio, dado que en la factura (o boleta) que se le emite, se le está cobrando dicho impuesto, el cual será posteriormente declarado por el vendedor ante SUNAT (Declaración IGV-Renta Mensual) y "transferido" en términos netos (IGV de Venta menos IGV de Compra) ante dicha entidad. ¿Quién es realmente el sujeto que paga el impuesto De facto ? ¿Es el mismo que el obligado al pago De Iure ? ¿Importa la naturaleza del usuario o adquirente? Para aclarar un poco la situación, a veces confusa en los jóvenes tributaristas, uno debe acudir al artículo 9º del TUO de la Ley de IGV e ISC (en adelante, LIGV), cuyo numeral 9.1. indica que "son sujetos del impuesto [quienes]  desarrollen efectúen ve...

¿Derecho de inversiones extranjeras o Derecho migratorio de extranjeros inversionistas? [J.M. MARTIN]

Desde las Reformas Estructurales implementadas en la década de los años 90, el Perú ha venido recibiendo muchos capitales extranjeros para el desarrollo de diversos sectores económicos, tales como telecomunicaciones, carreteras, aeropuertos, minería, entre otros. Uno de los determinantes para que esta inversión extranjera llegara y a la vez se mantuviera en el país fueron los diversos cambios al marco jurídico que desarrollaban los principios aplicables la inversión, consagrados en la Constitución de 1993. En particular, la implementación de un régimen especial para la inversiones de mayor envergadura o en sectores regulados, así como al régimen de convenios de estabilidad jurídica y/o tributaria, la aplicación de acuerdos bilaterales de inversión, mecanismos internacionales de solución de controversias en materia de inversiones, entre otros, han permitido el desarrollo moderno de un derecho de las inversiones, esencialmente extranjeras.  ¿Pero qué ha pasado con el derecho de los i...

Desconocimiento de la Ley, Actividades Económicas y Subdesarrollo, [MARTIN, J-M]

+José-Manuel Martin Coronado   Socio-Administrador +Estudio Martin Abogados & Economistas   En un artículo anterior se explicaba " por qué no puede alegarse el desconocimiento de la Ley " y sus implicancias sociales. Al respecto, debe precisarse que dicho principio del Derecho, al cual hace referencia el Tribunal Constitucional , se encuentra tácitamente reconocido en el artículo 109° de la Constitución Política de 1993, cuando se indica que basta la publicación de la norma para que está tenga vigencia.  Si bien sería deseable que dicho principio fuera más explícito, tal como ocurre en la Constitución de Costa Rica por ejemplo,  lo cierto es que el porcentaje de peruanos que conocen el contenido de la Constitución es todavía insuficiente, incluso entre los estudiantes de Derecho. En general, lo que sí es más conocido es lo relacionado con los derechos humanos y las libertades básicas. De otro lado, es bastante previsible que, entre el grupo que conoce el conteni...