¿Que hacer ante el impedimento por razones de tipo consaguineo o afin para contratar con el Estado? Análisis de dos alternativas ante un supuesto sui generis
Según el artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado(1) existe incompatibilidad para ser postor o contratista, por parte de la persona natural o socio -o sus variantes- de una persona jurídica que tenga un lazo consanguineo o afín con una autoridad política expresamente señalada en el mismo artículo hasta por un periodo de 12 meses después de que dicha autoridad abandone el cargo. Los contratos celebrados sin observancia a esta regla son nulos según el último párrafo del citado artículo. En ese sentido, pasaremos a examinar el supuesto sui generis de un empresa unipersonal que acostumbra contratar con el Estado, debido a que este se presenta como el único proveedor del servicio o bien bajo los parámetros o requerimientos de la entidad estatal; empero se ve impedido de "acceder" a su mayor fuente de ingresos dado a que su hermano sale elegido presidente de la república. Ante ello, surjen interrogantes de lo más sugestivas: ¿Cabría la posibilida...