Sunday, June 2, 2013

La utopía de la meta de igualdad (directa) de ingresos a través de la imposición sobre la renta. [J.M. MARTIN]

1. Últimamente las discusiones tributario-económicas internacionales se han centrado en dos aspectos globales: a) la desigualidad del ingreso post-imposición y b) la deslocalización y no repatriación de utilidades afectadas. 

2. En esta entrada de blog se hablará del primer aspecto, con ocasión de un reciente Documento de Trabajo del Departamento Fiscal & Tributario de EMAE.

3. Al respecto, se ha observado que la discusión, desde un lado al menos, aboga porque la tributación, en particular la imposición directa sobre la renta, permita una (mayor) igualidad en los ingresos. Esta situación en algunos casos se matiza como "una menor desigualidad" o se vuelve extrema "igualdad entre todos" los contribuyentes.


4. La pregunta que subsiste es, ¿realmente se puede obtener la igualdad de ingresos (rentas) a través de la imposición sobre la renta? Las conclusiones del estudio es que "no es viable", al menos no directamente. Es decir, la renta desde un enfoque monetario pecuniario no, pero sí desde un enfoque indirecto y de la riqueza. Se comenzará por explicar el primer punto de las conclusiones.

6. Supuesto de partida (Escenario Base): Tres grupos de personas (A, B y C) con rentas de 3000, 2000 y 1000 respectivamente, tasas nominales y marginales progresivas de 15%, 21% y 27%, siendo las escalas <= 1000, <1000,2000] y >2000 respectivamente. Se busca saber si ha existido una redistribución de las rentas en términos porcentuales y a cuánto ha ascendido:

Estos son los resultados:

7. Tal como puede observarse, antes de impuestos, el grupo A tenía el 50% del ingreso total de todo el grupo conformado por A, B y C. Mientras que luego de impuestos, dicho grupo ahora tiene el 48.8% de la renta después de impuestos (RDI). De ello, el sistema tributario ha permitido disminuir la desigualdad en los ingresos, donde B y C ahora tienen un mayor participación. 

8. Es preciso señalar que %RDI pretende comparar la distribución de las rentas después de ingresos a fin de observar las desigualdades. Aún no se está implementando ninguna política de gastos públicos o de transferencias de dinero que podrían afectar la riqueza o la renta de estos grupos. 

9. Ahora bien, la política de ingresos desea intensificar aún más la redistribución proporcional de los mismos,  de modo que se reduzca aún más la desigualdad. Al respecto existen tres escenarios: El primero de ellos incluye un incremento del Tipo nominal marginal para las rentas superiores a 2000 a 30%. Los resultados son los siguientes:


10. De modo similar, este incremento no ha cambiado mucho el panorama actual, de ello podría sugerirse que se aumente la tasa nominal a un 40% o 50% con lo cual tal vez podría existir un efecto significativo en la redistribución proporcional de las rentas después de impuesto. 

11. Antes de mostrar lo ineficaz de dicha política, es necesario precisar que conforme se incrementa la tributación, desde este enfoque, se reduce el total de renta después de impuesto de todos los grupos como un conjunto (por ejemplo, un país) con lo cual se puede ver afectado seriamente el crecimiento y el desarrollo económico, asumiendo que los usos de la recaudación fueren ineficaces. Dicho escenario no es imposible dado que en los países en desarrollo aún existe mucho por hacer en cuanto a la eficacia o productividad del gasto público. 

12. La pregunta pendiente es: ¿Si se aumenta el impuesto al grupo más privilegiado en términos de renta, se logrará la añorada igualdad de ingresos? La respuesta es dicho aumento es utópico e inviable. Prueba de ello se tienen los escenario 3 y 4. En el escenario 3, se incrementa el tipo marginal más elevado a 99%, mientras que en el escenario 4 se incrementa el tipo marginal de la escala más alta y de la subsiguiente (de 21% a 99% y de 27% a 99%). Los resultados son los siguientes: 

Escenario 3

Escenario 4

13. Los resultados del escenario 3 sugieren que si lo que se realiza es una política que sólo afecte a "los más ricos" (término utilizado en las aludidas discusiones) resulta utópico que exista una igualdad de los ingresos, sin perjuicio de que efectivamente el Grupo A y el Grupo B logren equipararse entre ellos. Ello se debe a que dicho escenario sólo afecta directamente a la grupo A, reduciendo su renta después de ingresos a niveles similares a B debido al tipo marginal mayor de 99%. 

14. Lamentablemente, dicha situación no es viable, pues un tipo marginal (incluso si equivale a un tipo efectivo de 45%) es por demás confiscatorio de las rentas más elevadas. Toda vez que el grupo A, ganando 1000 unidades monetarias más que el grupo B, termina teniendo una renta igual que ellos después de impuestos. Dicha situación desincentivaría totalmente al grupo A en obtener tales ingresos adicionales, o bien les incentivaría a esconder los mismos. 

15. Sin perjuicio de lo anterior, el Escenario 4 es aún más restrictivo, por cuanto supone un incremento simultáneo de los tipos marginales mayor e intermedio a un 99% ambos, con la pretensión de así lograr la igualdad de rentas. Los resultados sugieren que ello es matemáticamente posible, dado que lo que generan es desaparecer las rentas de las grupos con mayor poder adquisitivo equiparando el saldo restante con el último grupo C. 

16. Dicha situación no sólo es inviable y utópica sino que implica una desaparición absoluta de la riqueza marginal de los Grupos con mayor poder adquisitivo. Nótese también que si apareciera un grupo D con ingresos inferiores, dicha política del 99% marginal generaría el mismo efecto en el Grupo C y así sucesivamente. Todo ello privando a todas las personas de sus mayores rentas. 

17. Lo ideal sería, tal vez, aproximar las rentas después de ingresos a un punto medio (y no a un punto inferior), con lo cual el daño a la riqueza del país sería menor, así como se ayudaría razonablemente al Grupo C. Los resultados son los siguientes: 

Escenario 4

18. Si bien este escenario puede parecer más razonable, al exonerar de impuesto al Grupo C, e implementar una escala de 0%, 50%y 75%, el mismo no logra cumplir la finalidad de redistribuir el ingreso igualitariamente. Definitivamente existe una disminución de la desigualdad (en todos los casos) pero no en la medida de como se ha planteado en la discusión internacional. 

19. Curiosamente, a grosso modo esta es una de las escalas usuales en algunos países de la Unión Europea, donde los la "clase media" financia con prácticamente 50% de sus rentas al Estado, mientas que "los más ricos" con un 75% (según una reciente propuesta francesa). Aún así, la igualdad de ingresos no va a ocurrir. Lo que si va a pasar es que los países tengan demasiados recursos impositivos los cuales, pueden servir para realizar transferencias a la población, financiar servicios públicos redistributivos o bien cumplir con las deudas u otras obligaciones. 

20. Asumiendo que tanto la primera como la última política no son deseables pues generan distorsiones económicas o gozan de menor productividad y eficacia, lo más adecuado para el bienestar es el financiamiento de los servicios públicos básicos, que tienen un fin implícitamente redistributivo. 

21. Por ello, las últimas dos columnas sugieren un Efecto Ingreso del Gasto Público que debe cumplirse con la finalidad de que inclusive las riqueza (concepto intangible de la renta) sean iguales. Inclusive iguales a un nivel del Grupo A. Esta situación es la conocida como "Estado de Bienestar" el cual es factible, siempre y cuando exista una productividad, eficacia y eficiencia del Gasto Público y que no se financien las falencias a estos principios con mayor imposición. 

22. Dicho de otro modo, la tributación puede ser irrelevante para obtener un Estado de Bienestar "adecuado" y homogéneo al primer grupo de rentas (Grupo A) pues, tal como se observa en el primer gráfico, todo depende del coeficiente de Efecto Ingreso del Gasto Público, el cual deberá ser mayor para el caso de las rentas más bajas, por ejemplo ofreciendo servicios eficaces de seguridad ciudadana, limpieza pública, salud, entre otros. 

23. Las falencias en lograr un coeficiente suficiente para esta redistribución de riqueza no deben solucionarse con mayor imposición a las rentas más elevadas, por cuanto puede resultar totalmente irrelevante, y sólo generar incrementos en la "pérdida" del gasto público por ineficiencias en su ejecución.

24. Los países europeos han visto sus tasas nominales incrementadas pero no necesariamente el coeficiente EIG, con lo cual nada asegura que todo el incremento en la recaudación se vaya de una manera adecuada a generar mayor bienestar y redistribución de la riqueza. De modo similar, los países en desarrollo deben velar por verificar si su coeficiente EIG es el adecuado antes de comenzar a incrementar las tasas del impuesto en un contexto de creciente presión tributaria.

24. Los demás resultados del documento de trabajo se publicarán en Agosto de 2013. 

Departamento Fiscal y Tributario

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