De la relación entre la Economía y el Derecho I [Derecho económico-derecho Comercial]
El Derecho mercantil, es sin duda alguna el estudio de las normas de carácter comercial, y por ende, tienen por objeto reglamentar un sector de la actividad económica[1]. Entonces se puede afirmar que el derecho económico es un fenómeno económico, tal y como lo menciona Montoya Manfredi, tradicionalmente el derecho mercantil o comercial se ha situado en el capítulo de la economía política, referente a la circulación de la riqueza, pues mediante actividad de comercial se produce la movilización de los bienes, que pasan de unas manos a otras.[2]
En base a ello, también podemos observar al Derecho económico, observado como aquel que servirá de sustento y límite al derecho mercantil. Esto es siempre y cuando se entienda el derecho económico, como menciona Munera Arango, el conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de riqueza de la economía privada[3]. De ésta forma se dará una relación entre el derecho económico y el derecho comercial, como que el primero formula los postulados básicos que condicionan las relaciones jurídicas de carácter privado y el ordenamiento de las actividades de la propia empresa.