El ámbito de aplicación del Impuesto Especial a la Minería
De ese modo se puede observar su ámbito de aplicación:
El impuesto especial de la minería, grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera, proveniente de la venta, autoconsumo y retiros injustificados de los recursos minerales metálicos.
El gravamen especial de la minería: Aplicable a los “sujetos de la actividad minera” que suscriban convenios con el Estado Peruano sobre proyectos por los que se mantienen vigentes Contratos de Garantías y Medidas de Promoción a la Inversión conforme a la Ley General de Minería (LGM).El Ministerio de Energía y Minas celebrará el respectivo Convenio con los sujetos obligados al pago del Gravamen.
Regalía minera: Contraprestación económica que los “sujetos de la actividad minera” pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos.
Analista Jurídico Junior