Wednesday, January 28, 2015

BEPS y el nuevo núcleo de la tributación moderna. [J.M. MARTIN]

Jefe del Departamento Fiscal y Tributario 

Durante muchos años, sobre todo en países Iberoamericanos, la Tributación -o el Derecho Tributario para algunos- se ha enfocado en conceptos tales como la potestad tributaria, la confiscatoriedad, la prescripción y el debido procedimiento, los cuales han generado una infinidad de artículos reiterativos, poco creativos y algo distorsionadores de los conceptos originalmente planteados. 

No obstante, a inicios del siglo XXI, España y otros países europeos han ido progresivamente cambiando la mentalidad tributaria hacia un criterio más técnico y complejo, y menos tradicional desde el punto de vista jurídico, tratando de seguir o viéndose influenciados por el modelo tributario anglosajón.

Impacto de la Inflación en costos e ingresos sobre la Base Imponible del IGV y su Recaudación. [C. RODRIGUEZ]

Asistente en Derecho Tributario en el
Departamento Fiscal & Tributario
Muchos aspectos intervienen en la inflación, en su mayoría externos. Tratando de dar respuesta a los efectos que se darán en el Perú a causa de la inflación, la información que se nos brinda muchas veces engloba aspectos macroeconómicos, por ejemplo, el precio del petroleo, la caída del cobre, la baja del precio del oro, entre otros. No obstante, un breve análisis microeconómico entre la inflación y el Impuesto General a las Ventas (IGV) en el sector Empresarial brinda un punto de vista no comentado hasta entonces: ¿Cómo afecta la inflación al IGV?

La Inflación que se produce en el Perú se ve reflejada en el valor de la moneda, que siempre tiende a reducirse por el transcurso del tiempo. Por ejemplo, es por eso que la gaseosa o golosina que hoy se consume al año siguiente tendrá un mayor valor, dado que el nuevo sol reflejó un valor que ya no sera el mismo cada año, Así todo lo que se compra y vende tiene un valor asignado a la moneda, el cual se elevará, por lo general, en un determinado porcentaje anual.

Instrucciones y pautas de redacción.


PREPARACIÓN DEL DOCUMENTO. 
  1. Poner un título acorde con el tema a escribir.
  2. Después del título incluir [INICIALES. APELLIDO]
  3. Incluir su nombre, cargo y entidad adscrita. En caso tengan cuenta google plus, añadir el + y esperar el reconocimiento. 
  4. Indicar la o las etiquetas que correspondan a la entrada
  5. Adecuar el vinculo permanente en caso sea necesario.
  6. Precisar la ubicación del autor. 
DE LA REDACCIÓN
  1. Utilizar tercera persona, nunca primera. 
  2. Justificar todo el texto.
  3. Redactar párrafos cortos, máximo 4.
  4. Escribir frases cortas, utilizando adecuadamente los descansos de lectura, mediante puntos y las comas.

Friday, January 23, 2015

Régimen de Reorganización Empresarial aplicado a las MYPES, ¿Alguna salida inteligente? [C. RODRIGUEZ]

Asistente en Derecho Tributario en el
Departamento Fiscal & Tributario

Los problemas que pueden tener las MYPES son diversos, así como sus soluciones; y las anomalías que tengan pueden llevar incluso al fin de las mismas. En efecto, existe un gran número de MYPES que se encuentran en la informalidad, lo cual trae consigo que su desarrollo sea limitado y que eventualmente desaparezcan. El desconocimiento de estrategias, la desconfianza originada por un desconocimiento del mercado y la falta de una asesoría profesional no llevan a un crecimiento en común.

Las individualidades de los emprendedores debería cambiarse a un trabajo conjunto de empresas, persiguiendo un mismo fin, el crecimiento de su propia empresa dentro de un grupo, amparando en una necesidad de asociarse. Una salida seria la creación de una "Holding", como oposición a los ya conocidos consorcios o asociación de empresarios, es decir, una sociedad que llevaría la administración y control de otras empresas asociadas, ademas de obtener ciertas ventajas:
  • Poder reestructurar una empresa en quiebra.
  • Trabajar en conjunto para el crecimiento de las diversas empresas asociadas. 
  • Obtener beneficios Tributarios y no ser tratados con el régimen general, sino en un régimen especial de reorganización de sociedades.

Wednesday, January 21, 2015

¿Es el 30% el único criterio de vinculación socio-sociedad en el ámbito tributario? A propósito de la influencia dominante [C. RODRIGUEZ]

Asistente en Derecho Tributario
en el Departamento Fiscal & Tributario del 
crb@estudiomartinabogados.com

En nuestra legislación se toma en cuenta que un accionista al tener más del 30% de una sociedad produce que todas sus operaciones con dicha empresa sean vinculadas. El mismo efecto aplica en las operaciones de accionistas vinculados en dos empresas que juntos sumen más del 30%. ¿Y qué ocurre con lo establecido en el reglamento, en cuanto a la influencia dominante?

En el articulo° 24 inciso 12° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, se hace mención a la influencia dominante en decisiones de los órganos de administración de uno o más personas jurídicas o entidades, el cual puede preverse en los casos no tipificados donde no se aplica la regla del 30%.

Teoría Económica del Consumidor Protegido y Defendido [ J.M. MARTIN]

Socio Principal.

Introducción.-

La Teoría Económica del Consumidor se encuentra estrechamente vinculada con la Teoría Económica de la Empresa o Firma, no obstante, también contienen una buena cantidad de conceptos, propiedades, demostraciones y causalidades elementales para poder entender como funciona la micro (y no tan micro) Economía.

En efecto, se tiene conceptos básicos, pero importantísmos, tales como la Curva de Demanda, la Restricción Presupuestaria, la Utilidad Total (del Consumo) y la Utilidad Marginal, la Curva de Indiferencia, la Elección Óptima, la derivación de la curva de demanda a partir de la elección óptima, los cambios en la curva de demanda por cambios (choques) en la recta presupuestaria (de precios o de ingreso), las elasticidades precio, ingreso y cruzada, así como otros conceptos derivados tales como la presunta Ley de Oferta y Demanda ó la supuesta Ley de Rendimientos Decrecientes, entre muchos otros más. 

¿Pero, como cambia todo lo anterior cuando se introducen las disposiciones del Código de Defensa Protección y Defensa del Consumidor (o norma similar en otros países)? ¿Tendrá un impacto significativo en el contenido teoría microeconómica antes descrito? Esa es la finalidad de este brevísimo artículo, donde se deducen las siguientes alteraciones:

Wednesday, January 14, 2015

Necesidad de Mejoras en el Sistema Tributario

Asistente en Derecho Tributario
Departamento Fiscal & Tributario del 

El Estado como entidad promotora del crecimiento económico, utiliza distintos mecanismos para impulsar la economía del país, a través de reformas, o como el reciente paquete reactivador de la economía, entre otros; ¿Pero que ocurre con aquellos sectores que se ven en problemas tributarios, que necesitan del auxilio pronto del Estado, por el cual necesitan en gran parte de las Políticas en materia tributaria?, ¿Que den solución pronta, eficaz y mejores herramientas?.

Las distintas políticas que puedan utilizar el Gobierno Regional o Local en realizar una buena administración que se obtengan de la recaudación de tributos (impuestos, contribuciones o tasas) consiste en una variedad de mecanismos que puedan utilizar y del poder que la Ley les da. Ello se debe a que no es lo mismo una política de recaudación del Gobierno Central, y Municipal. Estos planes que se ostenten dependerá mucho de los organismos estatales que cuentan, de los cuales el gobierno debe fortalecer, mediante normas y su real aplicación, para solucionar los problemas que se originen sin entorpecer el sistema.

Sunday, January 11, 2015

Las Ganancias del Capital en el CDI Perú-Suiza vigente. [C. RODRIGUEZ]

Asistente en Derecho Tributario
Departamento Fiscal & Tributario del 

En el año 2014, el Gobierno Peruano ratificó el Convenio para evitar la doble imposición (CDI) con Suiza, el cual comenzó a tener vigencia a partir del 1 de enero de 2015.

Si bien este CDI se realizó en el marco del Modelo de Convenio establecido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), las partes son libres de realizar algunas modificaciones dependiendo del caso concreto.

Por estas razones, se puede encontrar un notorio cambio en el Artículo 3 de dicho CDI, en lo que respecta a las ganancias de capital, el cual expresa lo siguiente:

Saturday, January 10, 2015

Las empresas deben prevenir y evitar la comisión de infracciones al Código del Consumidor [J.M. MARTIN]

Socio Principal
www.martin-emae.com

El Indecopi se encuentra claramente en una misión consistente en dejar claro en el mercado que las empresas deben abstenerse de afectar los derechos de consumidores, a través de los servicios (o bienes) que éstas ofrezcan.

Así, el medio para lograr este objetivo es la ambigüedad del término "idoneidad en el servicio", dado que puede no sólo entenderse como una cuestión de calidad, sino como un tema de expectativa, es decir, la diferencia entre la esperanza ideal de cómo un servicio va satisfacer la necesidad de un consumidor y la forma real en la cual lo realiza. La complejidad de dicha situación diferencial se acentúa generando un presunto daño esencialmente subjetivo o moral, el cual termina por calificar el hecho como antijurídico.

Sunday, January 4, 2015

Fiscalidad y Tributación [J.M. MARTIN]

Trib. Eco. Jur. José-Manuel MARTIN CORONADO
Socio Principal y Jefe del Departamento Fiscal & Tributario 
Estudio Martin Abogados & Economistas
www.martin-emae.com
jm@martin-emae.com

La presente es una discusión eterna, que tal vez este breve artículo no logre resolver, pero que corresponde mantenerla viva para saber los alances y limites entre la fiscalidad y la tributación. 

Por un lado, en la literatura anglosajona la política fiscal, de lo que deriva el fenómeno de la fiscalidad, es todo lo concerniente a los ingresos y gastos públicos, siendo una estrategia paralela a la política monetaria. Esto quiere decir que la fiscalidad, en el sentido anglosajón hace referencia tanto a los ingresos, principalmente tributarios (aunque también incluye otras formas de financiamiento y demás cargas obligatorias), como a los diversos gastos públicos, en particular, las transferencias y diversos subsidios del Estado hacia los administrados. En este orden de ideas, la tributación (taxation) es la especie y la fiscalidad el género. 

¿Qué está pasando con las casillas electrónicas? A próposito de la Resolución Administrativa N° 202-2024-CE-PJ [MARTIN, J.]

¿Qué está pasando con las casillas electrónicas? A próposito de la Resolución Administrativa N° 202-2024-CE-PJ El 02 de julio se promulgó la...