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Showing posts with the label Fundamentos de Derecho Civil

Un enfoque jurídico de la actividad económica [J.M. MARTIN]

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I. INTRODUCCIÓN.- 1.1. Es frecuente aún encontrar Escuelas de Derecho que enseñan los actos jurídicos y los contratos como fenómenos jurídicos separables de la actividad económica, más allá de una aceptable división didáctica.  1.2. Recién cuando los alumnos se encuentran en el ejercicio profesional, se dan cuenta de que esos semi-fenómenos jurídicos no están solos, sino que se encuentran en un contexto económico, dinámico, técnico y cuantitativo muy distinto al enseñado en las aulas universitarias.  1.3. Es cierto que muchos se concentran en la actividad jurisdiccional, a fin de acercarse a la presunta actividad más jurídica de todas, sin considerar que lo único que cambia es la perspectiva del fenómeno económico-jurídico, más no su contenido. Salvo que sean fanáticos del "mero trámite", para lo cual mejor valía estudiar administración y así conocer cómo mejorar los procesos en lugar de replicarlos.  1.4. ¿Qué es, entonces, la actividad económica? ¿Es lo mismo que un neg...

El Principio favor debitoris y su concepción de la parte más débil en el Perú. [J.GARCIA]

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El término favor debitoris transporta al derecho Romano, exactamente al derecho Quiritario, éste termino no es más que el un principio general del Derecho Privado, el cual se ocupa de la protección y la tutela del deudor, dándole el beneficios de las regulaciones legislativas. Éste principio -como ya se mencionó- es próxima al derecho quiritario, es decir proviene de una época remota, pero aún así sigue siendo una regulación implícita, es decir a sido materia de legislación. Por ejemplo en el Perú a pasado por manos de los legisladores en sus tres oportunidades, en el código Civil de 1852 de 1936 y de 1984 -el último es el vigente-. y por tal motivo es motivo de estudio e investigación. Pero ¿qué hace un principio no tan conocido, que sea materia de investigación? El motivo es que se sigue la secuencia de comparación de la aplicación de la realidad del derecho contemporáneo, y éste principio portador de grandes beneficios a la ...

Análisis Económico al Principio favor debitoris

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El principio   favor debitoris  nace en la antigua roma, en la Ley de las XII Tablas, como un beneficio que la República Romana le otorgaba a los deudores en su gran mayoría plebeyos, pues la ley de las XII tablas “ se origina en el año 303 de Roma, cuando en los comicios por centurias se eligen una comisión conformada por 10 magistrados patricios (decenviros) para que se encarguen de elaborar la ley.” [1]   Según la cronometría que establece el Dr. Del Valle, coincide con las manifestaciones por las cuales se vieron azotadas en la antigua Roma producida por los plebeyos, por la tan injusta desigualdad que existían entre los Patricios y los Plebeyos, la ley de las XII tablas “ radica en ser una norma que si bien no establecía de modo definitivo la igualdad de derechos entre patricios y plebeyos, sí establecía una serie de reglas que tendrían igual aplicación para ambos estamentos de la población.” [2] En base a lo ya mencionado se crea lo que se conoce en la actualidad co...

El Código de Napoleón, y su influencia en el mundo. [J. GARCIA]

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Napoleón Bonaparte, como sabe casi todo el mundo fue un genio militar, pero en realidad su hazaña más grande fue el Código Civil que promulgó en el año 1804, pues como el mismo mencionó: "Ma vraie gloire n'est pas d'avoirgagné quarante batailles; Waterloo effacera le souvenir de tant de victoires. Ce que rien n'effacera, ce qui vivra éternellement, c'est mon Code Civil" (Mi verdadera gloria no está en haber ganado cuarenta batallas; Waterloo eclipsará el recuerdo de tantas victorias. Lo que no será borrado, lo que vivirá eternamente, es mi Código Civil). El código civil fue una obra maestra entre las normas dadas hasta el momento, pues éste se basaba en una corriente filosófica, la corriente del individualismo, por ende su influencia sobre la autonomía privada fue el central tema que se observo desde aquellas épocas hasta la actualidad. Las libertades que otorgó ésta norma fueron de materia inimaginables -para otros paises- para aquella época, éstas fueron, la...

La Manifestación de Voluntad en el Negocio Jurídico* [GARCIA, J.R]

*Entrada originalmente publicada en el Blog EMAE el 28 de Mazo de 2011.  La manifestación de voluntad se le encuentra como requisito principal del acto jurídico, ya que es la misma esencia de los vinculos que logran pactar la necesidad de cada quien, expresándolas con una manifestación como decidió colocarlo el legislador. Pero para definirlo mejor podemos preguntarnos ¿qué es voluntad?, se sabe bien que la voluntad es toda aquella conducta psicológica que se alimenta de la necesidad, así pues la RAE la denomina como una “Facultad de decidir y ordenar la propia conducta” [1] . Ese numeral de los varios que existen como definición de voluntad el diccionario de la RAE, muestra una atribución para elegir y ordenar esa conducta que proviene de la potencia volitiva; así mismo, para la psicología es “La facultad psíquica que tiene el individuo para elegir entre realizar o no un determinado acto” [2] . Para la psicología es un campo más extenso, puesto que esta siempre tendrá efectos soci...