1. Un primer aspecto bastante estudiante pero poco pacífico es el relativo a la ubicación y límites de la regulación. Dicha estudio es necesario, por cuanto es un requisito para su autonomía y concreta especialización.
2. Ahora bien, existe un enfoque amplio (Primer Nivel)por el cual todo el Derecho equivale a Regulación de la conducta humana, o de los sujetos de Derecho en general. La generalidad de este enfoque impide proceder a la delimitación y ubicación de la Regulación dentro del Derecho, o incluso aún, como una especialidad también cercana a la Economía. Por tales motivos, no será tomada en cuenta.
3. Otro enfoque sugiere que la Regulación se refiere a las disposiciones normativas relacionadas con las actividades económicas, tanto para ofertantes como demandantes de bienes o servicios, en todo aspecto que se encuentre relacionado. Por ejemplo, la Regulación de la interacción de los ofertantes, a pesar que ya se conozca como Derecho de la Competencia; o la Regulación de la interacción de los demandantes (consumidores/usuarios) con los ofertantes, también conocido como Derecho del Consumidor. Este segundo enfoque es menos amplio (Segundo Nivel).
VER EL ESTUDIO COMPLETO
VER EL ESTUDIO COMPLETO
José-Manuel MARTIN CORONADO
Socio. Coordinador (e ) del Departamento de Regulación