El 26 de octubre del año en curso, mediante Resolucion SBS Nº 10839-2011, la Superintendencia de Banca y Seguros expidió las normas para el control de cuentas por cobrar y pagar a reaseguradores y coaseguradores.
El objeto de la norma es establecer criterios uniformes para la preparación de los estados de cuenta por operaciones de reaseguros y coaseguros, tendentes a mejorar la valuación de las cuentas por cobrar y pagar a los mismos.
También se establece que las cuentas técnicas corresponden a los estados de cuenta, por tipo de contrato y son elaboradas por cada empresa. Por otro lado, las cuentas corrientes comprenden las cuentas por cobrar y pagar, resultantes de la compilación y resumen de las cuentas técnicas antes mencionadas.El sustento de los saldos se hacen con reaseguradores extranjeros y locales.
Respecto a la conciliación se establece que no pueden ser consideradas partidas conciliables las que se han originado en ella misma. Sólo se incorporarán partidas pendientes de contabiliación por la contraparte hata por una antiguedad de 60 días. Esto debe ser comunicado y verificado por la SBS.