Sunday, December 15, 2013

Control de fusiones. Dos criticas falaces. [J.M. MARTIN]

1. Desde que estaba en mis primeros años de a Carrera de Derecho se discutía sobre la posibilidad o no de que exista un control previo de las fusiones por parte del Estado. A pesar de ello, la discusión internacional data de décadas atrás, por lo que la verdad el tema es bastante conocido.

2. El problema es cuando a los jóvenes estudiantes de Derecho se les hace llegar críticas presuntamente novedosas, correctas o relevantes como vigentes y que realmente pueden generar un cambio en un régimen a proponer. Peor aún, debido a la idiosincrasia en serios problemas de racionalidad en el Poder Legislativo, no es extraño que se termine aprobando justamente por esas erradas razones. 

3. Las dos criticas falaces en esta oportunidad son: 1) Que el control de fusiones irrogaría un gasto público innecesariamente elevado que no sería viable si ejecución y 2) Que el control de fusiones sería innecesario debido a que ya existe un control de la Posición de Dominio y afines provengan o no de una fusión.

4. Por ejemplo, en el año 2012, el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos (PIA) de dicha entidad fue de 80 millones de nuevos soles, incluido todas sus actividades, el cual provino íntegramente de Recursos Directamente Recaudados (RDR), esto es, tasas administrativas, multas, medidas antidumping, etc. Si bien el PIA puede cambiar durante la ejecución, lo importante es observar el importe de los recursos y la forma en la cual estos se desarrollan. 

5. Así como en otros países desarrollados (miembros UE, EEUU, etc. el control de fusiones puede ser un sistema optativo u obligatorio si se dan ciertos supuestos. En ambos casos pueden establecer tasas administrativas, y en el último caso, una inobservancia de norma obligatoria podría acarrear una multa. En este sentido, no existen elementos que hagan presagiar que no existirá un incremento tanto de ingresos como de gastos que permite una estabilidad presupuestaria en un órgano de Indecopi encargado del control de fusiones o un organismos análogo al Indecopi que se dedique a tal fin.

6. A mayor abundamiento, lo cierto es que 80 millones de nuevos soles en el presupuesto nacional no implica ni el 0.08% del Presupuesto del Sector Público de dicho año, con lo cual, debe dejarse de lado que cualquier incremento en el Presupuesto Público es por sí mismo negativo. Lo más importante es la magnitud en términos relativos (porcentuales), la productividad de dicho gasto y el efecto multiplicador que ello podría tener. 

7. En segundo lugar, la existencia de dos instrumentos que sirvan para un mismo fin abstracto no implica que necesariamente sean excluyentes. Dicho de otro modo, la aplicación de mecanismos de control de abuso de posiciones de dominio antes de que ocurran como después, no tienen porque ser consideradas mutuamente excluyentes, dado que eso requiere pensar que el procedimiento de control actual es 100% eficaz.

8. El problema es la existencia de situaciones de abuso de posición de dominio que no se reportan, que no se logran demostrar o que no se pueden detener por más multas que se impongan, ya sea por razones legales (impugnaciones de multa) o económicas (impacto económico de la multa). Por ello, un sistema preventivo de abusos de posición de dominio no sería redundante sino complementario a uno correctivo.

9. Existen muchas críticas más, algunas menos políticas que otras, pero lo importante es que los estudiantes discutan más allá de lo propugnado por algunas personas que utilizan su actual reputación como carta suficiente para manifestar opiniones más que hipótesis científicas y propuestas rigurosamente analizadas. 

10. Lamentablemente, al ser un tema cualitativamente especializado y/o carente de base formativa en muchas universidades del Perú, impide una respuesta crítica y directa, en reemplazo de una aceptación respetuosa, superficial y pasiva. 

Socio Principal

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