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Showing posts from September, 2013

Indicadores recientes del IGV en el Perú: Tasa nominal, Tasa efectiva, Recaudación y Actividad Económica. ¿Existe la Curva de Laffer? [J.M. MARTIN]

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A continuación, se presentan algunos indicadores recientes del IGV, a efectos de aclarar la dinámica y verificar la idoneidad de las recientes propuestas políticas para la reducción del tipo nominal. Gráfico Nº 01.- Evolución del IGV y el PBI nominal. Millones de Nuevos Soles Fuente: BCRP. Series Estadísticas  Trimestrales   Elaboración: EMECEP Consultoría y Estudio Martin Abogados & Economistas.   www.emecep-consultoria.com  

¿Qué es la regulación económica? [J.M. MARTIN]

En artículos previos se ha tratado sobre la problemática entre la regulación económica y la regulación jurídica, distinguiendo y precisando los alcances del concepto de regulación, la metodología, enfoque y objeto de estudio.  Aún así debe reiterarse que existen dos acepciones o perspectivas distintas, aunque bastante parecidas, de lo que es la regulación económica:  Por un lado, el de la economía, se considera que es un método económico por el cual, utilizando matemáticas económicas, se puede ajustar los precios y cantidades del mercado hacia valores que sean más coincidentes con el Bienestar Social, tales como lograr el equilibrio del mercado, la eficiencia, los segundos mejores, entre otros. De otro lado, la acepción jurídica, por la cual se trata de un método jurídico, vale decir un conjunto de normas jurídicas, que buscan ajustar las conductas de los agentes económicos con la finalidad de "guiar" una actividad económica de tal forma que sea lo más cons...

Thoughts on the lag of Peruvian legal education against recent legal developments [J.M. MARTIN]

It will be surely hard to say, but there're still Law Professors who teach law as centuries ago. As if the Law was the same and could be simply adjusted to rightly fit to new unforeseen problems. As if future lawyers had to live each day making complaints or claims. As if lawyers and jurists were exactly the same. It's true that the roots of Law, can (or have to) stand firm, for the sake of the profession and a basic legal training, but this criterion is not applicable to more specialized branches of the Law, not because it isn't a special Law that has to be ordered didactically, but it represents a more complex Law, which reveals its main weakness: Being a follower of economic phenomena. Even worse, some ignore them to pursue their own profit with legal tricks . Typical legal skills are still highly valued in the classroom, which is quite conformist, especially those related to the conflict, argumentation and rhetoric; but few people transcend into other activities, which ...

La Administración y los Precios de Transferencia [I. ESPINOZA]

Dentro de una cadena productiva los Precios de Transferencia juegan un papel preponderante, por ello, existe un conjunto de temas relevantes para la Administración, puesto que estos precios son creados por transacciones entre empresas vinculadas económicamente, que pueden alterar el factor productivo indirectamente. Una cadena productiva, dentro de un proceso de fabricación trae como consecuencia un conjunto de relaciones "administrativas" dentro de cada aparato o unidad productiva, por ejemplo: La producción, La distribución, la comercialización y el consumo; esta cadena genera gastos por conceptos administrativos (entendiendo administrativo como el concepto general que  la ciencia  lo indica),"ciencia social encargada de planificar, organizar dirigir y controlar, los recursos, ya sean humanos, financieros tecnológicos, etc, dentro de una organización". De ello se deduce que los gastos (Ej. administrativos) se realizarán en cada una de las partes del "pro...

Reflexiones en torno al rezago en la enseñanza del Derecho en el Perú frente a la evolución jurídica reciente

Seguramente será difícil decirlo, pero aún existen profesores que enseñan Derecho como hace siglos atrás. Cómo si el Derecho fuera el mismo y puede moldearse simplemente para adecuarse tal cual a nuevos problemas no previstos. Como si los futuros abogados tuvieran que vivir haciendo demandas, denuncias o reclamaciones. Como si abogados y juristas fueran exactamente lo mismo.  Es cierto que las raíces del Derecho, pueden (o tienen) que mantenerse firmes, por el bien de la profesión y la formación jurídica básica, pero ese criterio no se aplica a las ramas más especializadas del mismo, no por tratarse de un Derecho especial a ser ordenado didácticamente, sino por ser un Derecho más complejo, que revela la principal debilidad del Derecho: Ser un seguidor de los fenómenos económicos. O peor aún, ignorarlos para perseguir sus propios fines lucrativos con ardides legales.  Todavía se valora mucho en las aulas, con bastante conformismo, las habilidades jurídicas típicas, sobre todo a...

Entre lo público y lo privado: Viejas discusiones que requieren otra óptica (¡pero ya!) [L. CORDOVA]

*Entrada originalmente publicada en el Blog EMAE, el 05.09.2013. Gran debate ha suscitado en la opinión pública la expulsión del local de venta de ropa a una madre que daba de lactar a su retoño. Ahora, para escabullirnos del tema moral y ético que supone dicho (no somos los primeros) revivimos, en atención al incidente, la vieja discusión entre lo público y lo privado, en referencia a los espacios.  Es decir, de manera más exacta, lo que se pude hacer en espacio público y en espacio privado, puesto que nadie objeta (u objetaría) el acto de lactar a un menor hijo -que es privativo de la intimidad de la persona- siendo que lo que esta en discusión es donde lo hizo, y si podría hacerlo. Y agregaremos a ello la visión jurídico-económica de los aspectos en juego: libertad de empresa y/o comercio ; reglas de la propiedad privada, libertad de consumo, derechos del consumidor, intervención o no intervención. Sin adentrarnos a profundidad a ninguno de ellos. Para comenzar, una publicación...

¿Aumentar los impuestos o eliminar (y/o reducir) las deducciones? [L. CÓRDOVA]

Hace unos días en el portal web de Expansión se citaba las posiciones de expertos acerca de las mejores medidas para palear el déficit en España (1) . Dentro de estas se encontraba la de "reducir los tipos impositivos y eliminar deducciones" dentro del impuesto a las sociedades (símil al impuesto a la renta empresarial peruano o tercera categoría). Empero, en un contexto de crisis en la recaudación, ¿Qué es lo que más conviene: aumentar los impuestos o eliminar (y/o reducir) las deducciones?.

Requiescat In Pace Eduardo García de Enterría (1923-2013)

Eduardo García de Enterría (+), notable jurista Español, especialista en Derecho Público,  ha fallecido el día de ayer a sus 90 años, dejando un legado imprescindible a toda la comunidad jurídica.  Además  de ello, perfeccionó un conjunto de conceptos e incide en el aforismo   Nemo iudex in causa sua (Nadie puede ser juez es sus propios asuntos) , "(...) o dicho de otro modo, a nadie puede reconocerse la condición de verdadero juez cuando decide sobre su propia causa (...), siempre faltará un elemento decisivo a la hora de decidir y configurar una decisión verdadera y propia: la neutralidad e independencia del órgano llamado a decidir la controversia". Esta idea expresa que, si bien es cierto la figura de un órgano resolutor  imparcial va tomando fuerza,  el hecho de configurarse en el Derecho Administrativo el elemento Administración Pública, quien actúa como parte y a la vez resuelve el acto, difunde aún  la percepción de  falta de objetivi...

¿Eco-impuestos que dejan de ser verdes? [L. CÓRDOVA]

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En doctrina se entiende por eco-impuesto ( eco-tax, eco-taxation ), al impuesto que lleva como principal fin el desincentivo de conductas y/o prácticas que causan gran impacto negativo en el medio ambiente. Tal propósito, lleva consigo el relego a un segundo plano de la recaudación o finalidad fiscal. Son ejemplos comunes, los impuestos a las emisiones de gas vehícular, impuesto a la explotación de recursos no renovables,  impuesto al uso no tradicional de aguas, etc. Aparentemente la lógica del relego del fin fiscal, y que justifica en alguna medida el ablandamiento de nexo capacidad contributiva - hecho imponible, reside en que como se espera que los hechos imponibles disminuyan  cuantitativamente en su incidencia, el impuesto muestre un indice de recaudación a la baja. Es decir que siendo inevitable que la recaudación ocurra, esta tuviere que ir decreciendo en tanto que lo contrario indicaría que el fin principal, extra-fiscal, no se esta cumpliendo (menor contami...

La migración de rentas [I. ESPINOZA]

En California, Estados Unidos, en el año 2012, al parecer a merito de una campaña política, se creo un impuesto denominado como " impuesto a los millonarios", el cual tiene una duración de tres años, tal impuesto aplicaba una tasa adicional sobre el porcentaje del impuesto a la renta,  de la siguiente forma: 3% de tasa de impuesto sobre los  ingresos anuales de más de $ 1.000.000. 5% de tasa de impuesto sobre los ingresos anuales de más de $ 2.000.000. Ello generó que las personas que vivían en ese estado migraran hacia otros e incluso fuera del país , puesto que los elevados impuestos generaban mayores gastos de gobierno tanto a las personas físicas como a las jurídicas. Es así que, Según un informa de un grupo anti-impuesto  Change Mariland calcula que solo en el 2012 abandonaron el estado de California un aproximado de 31000 personas debido a los elevados tributos y ha este tipo de medidas desiguales. 

El Principio favor debitoris y su concepción de la parte más débil en el Perú. [J.GARCIA]

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El término favor debitoris transporta al derecho Romano, exactamente al derecho Quiritario, éste termino no es más que el un principio general del Derecho Privado, el cual se ocupa de la protección y la tutela del deudor, dándole el beneficios de las regulaciones legislativas. Éste principio -como ya se mencionó- es próxima al derecho quiritario, es decir proviene de una época remota, pero aún así sigue siendo una regulación implícita, es decir a sido materia de legislación. Por ejemplo en el Perú a pasado por manos de los legisladores en sus tres oportunidades, en el código Civil de 1852 de 1936 y de 1984 -el último es el vigente-. y por tal motivo es motivo de estudio e investigación. Pero ¿qué hace un principio no tan conocido, que sea materia de investigación? El motivo es que se sigue la secuencia de comparación de la aplicación de la realidad del derecho contemporáneo, y éste principio portador de grandes beneficios a la ...

Análisis Económico al Principio favor debitoris

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El principio   favor debitoris  nace en la antigua roma, en la Ley de las XII Tablas, como un beneficio que la República Romana le otorgaba a los deudores en su gran mayoría plebeyos, pues la ley de las XII tablas “ se origina en el año 303 de Roma, cuando en los comicios por centurias se eligen una comisión conformada por 10 magistrados patricios (decenviros) para que se encarguen de elaborar la ley.” [1]   Según la cronometría que establece el Dr. Del Valle, coincide con las manifestaciones por las cuales se vieron azotadas en la antigua Roma producida por los plebeyos, por la tan injusta desigualdad que existían entre los Patricios y los Plebeyos, la ley de las XII tablas “ radica en ser una norma que si bien no establecía de modo definitivo la igualdad de derechos entre patricios y plebeyos, sí establecía una serie de reglas que tendrían igual aplicación para ambos estamentos de la población.” [2] En base a lo ya mencionado se crea lo que se conoce en la actualidad co...

El Código de Napoleón, y su influencia en el mundo. [J. GARCIA]

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Napoleón Bonaparte, como sabe casi todo el mundo fue un genio militar, pero en realidad su hazaña más grande fue el Código Civil que promulgó en el año 1804, pues como el mismo mencionó: "Ma vraie gloire n'est pas d'avoirgagné quarante batailles; Waterloo effacera le souvenir de tant de victoires. Ce que rien n'effacera, ce qui vivra éternellement, c'est mon Code Civil" (Mi verdadera gloria no está en haber ganado cuarenta batallas; Waterloo eclipsará el recuerdo de tantas victorias. Lo que no será borrado, lo que vivirá eternamente, es mi Código Civil). El código civil fue una obra maestra entre las normas dadas hasta el momento, pues éste se basaba en una corriente filosófica, la corriente del individualismo, por ende su influencia sobre la autonomía privada fue el central tema que se observo desde aquellas épocas hasta la actualidad. Las libertades que otorgó ésta norma fueron de materia inimaginables -para otros paises- para aquella época, éstas fueron, la...

Derecho Publico Peruano [I. ESPINOZA]

I. El aparato estatal y los Entes Públicos.- 1.1. El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana. Cuando ésta se encuentra en la sociedad cada una de ellas se encuentra fundamentada en ideales de orden y justicia, entre cada uno de los individuos que la conforman, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter.  1.2. Por otro lado, para que el Estado pueda cumplir sus fines es necesario que se divida en poderes, los mismos que para cumplir sus objetivos deben descentralizarse y derivar funciones a distintos organismos de naturaleza pública, los cuales regularán cada una de las actividades del estado y buscarán cumplir sus propios fines, siempre buscando el bien de la colectividad, contando para ello, con facultades legitimadas y potestad publica que por ley orgánica se les confiere. A todo ello podríamos denominar como el aparato estatal. II. El Derecho Publico, concepto y características.- 2.1. Por ello, el Derech...