Senior Partner. Tax Department.
Lima, 02 de octubre de 2014
La regulación financiera aún es una disciplina de difícil concepción para los policy makers y law makers encargados, dado que consiste en realizar actividades de regulación (dirección, ajuste, ordenamiento, adecuación, etc.) sobre un sector ajeno a ellos, el financiero, y con una metodología cuasi-esotérica, las finanzas.
A diferencia de otras áreas de regulación de los sectores "reales" de la economía, es decir, de los aspectos más tangibles y concretos, tales como la electricidad, el gas, el petróleo, entre otros, el mundo financiero requiere un nivel de abstracción mayor, así como un mayor nivel de rapidez analítica. Mientras que en los sectores extractivos, realizar inversiones reales por US$ 100 millones puede demorar unos cuantos meses, en el sector financiero, las inversiones por cantidades incluso mayores pueden darse en cuestión de horas.
En este sentido, la rapidez, la magnitud y la frecuencia antes descritas, tienen un impacto en el modo que se interpretan, diseñan, simulan, ejecutan y supervisan las políticas regulatorias, por lo que no es posible dicha concepción con una perspectiva jurídica tradicional o una perspectiva económica no financiera.
Tal como se ha indicado al inicio, el término "regulación financiera" puede entenderse de dos maneras, como calificativo y como objeto de estudio; vale decir, la regulación desde un enfoque financiero y la regulación del sector financiero (o las finanzas en sentido lato). La primera acepción es de especial interés, por cuanto han sido muy graves los errores conceptuales de pretender regular los sectores de la economía desde un enfoque estrictamente económico-no financiero, dado que la metodología, enfoque y análisis de naturaleza financiera es distinta.
Así mismo, la segunda acepción requiere entender cuáles son los alcances y limites del objeto de estudio, el cual puede dividirse en dos: El sector financiero y las finanzas (actividad financiera). Dicho de otro modo, el sistema integrado de agentes, interrelaciones y objetos financieros es considerado el sector financiero; mientras que cualquier actividad (pequeña o grande) puede ser considerada una actividad financiera (finanzas) y de ello susceptible de regulación. Dicho de otro modo, no debe pensarse que todas las actividades financieras se encuentran dentro del sector o del sistema financiero.
En consecuencia, para entender los alcances del término "Regulación Financiera" será recomendable seguir la siguiente tipología:
No obstante, esta tipología no resuelve aún las siguientes interrogantes: 1) ¿Es lo mismo sistema financiero que sector financiero?, 2) ¿Hasta qué punto puede decirse que una actividad dentro del sistema o sector, es de por sí una actividad regulada?, 3) ¿Cuál es la real diferencia, si es que existe, entre el enfoque financiero y el económico?, 4) ¿Qué es lo que se encuentra incluido en cada una de las sub-áreas de la regulación financiera, de acuerdo a la tipología antes descrita?
Estas y otras interrogantes será progresivamente resueltas en la serie de artículos: "Entendiendo la Regulación Financiera" a cargo del suscrito, con el apoyo del Departamento de Banca y Finanzas del +Estudio Martin Abogados & Economistas (EMAE)
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