El pasado miércoles 2 de julio el Presidente de la República promulgó la ley de protección de datos personales, ésta norma es considerada un derecho fundamental y por lo tanto su necesaria promulgación, la ley de protección de datos personales, contiene normas como las de nombrar al titular de los datos personales con la obtención de derecho a ser informado en forma detallada, sencilla, expresa, y de manera previa a su recopilación sobre la finalidad para los que sus datos serán tratados.
El titular encargado de ejercer la competencia es el Ministerio de Justicia a través de la Dirección Nacional de Justicia, la competencia otorgada le otorga la categoría Autoridad Nacional de Protección de Datos.
El presidente de la República señala que el tratamiento de los datos personales debe realizarse con pleno respeto de los derechos fundamentales de sus titulares, y solo pueden ser objeto de tratamiento con consentimiento de su titular, salvo ley autoritativa al respecto.
En el caso de las comunicaciones, telecomunicaciones, sistemas informáticos o sus instrumentos, cuando sean de carácter privado o uso privado, solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento del juez o con autorización de su titular, con las garantías previstas en la Ley.
Jonathan Rafael García Enriquez
Coordinador
Estudio Martin Abogados
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