Thursday, July 7, 2011

Los Alimentos Transgénicos: La moratoria vs. El libre mercado

Los alimentos transgénicos  son  aquellos  que sufren  modificaciones genéticas dentro de  su molécula de ADN, son aquellos alimentos que contienen componentes genéticamente modificados, los cuales, continúan siendo el centro de una controversia en el cual el derecho de los consumidores a estar adecuadamente informados no está siendo tomado en cuenta. Algunos ejemplos son: La soja y el maíz transgénico. Estos cultivos son el resultado de un trabajo de laboratorio por el cual a una variedad vegetales se le incorpora uno o varios genes de otra especia en su genoma, con el fin de dotarla de determinados atributos.

En el Estado peruano, los argumentos a favor de que tales productos se expendan como cualquier otro, principalmente se enfocan en la competitividad y el libre mercado, mientras que los opositores apelan al peligro que su ingesta acarrea para la salud. Semanas atrás, el Ministro de Agricultura, había manifestado que si se aprueba una moratoria para el uso de transgénicos, el Perú sufriría represalias comerciales. De la misma manera, se constituiría un obstáculo técnico al comercio, de momento esto aún sigue en debate. En este periodo se emitió el Decreto Supremo  003-2011-AG  (Transgénicos en el Perú) promulgado el 15 de abril de 2011, se firmó bajo el respaldo de los especialistas del Ministerio de Agricultura y del Ministerio del Ambiente, actualmente muy criticados.

Sin embargo, días después, con intervención del Congreso, se derogó este decreto y se ha implementado una autógrafa que declara una moratoria por 10 años al ingreso de los Organismos Vivos Modificados (OVM) para fines de cultivo y crianza, o de cualquier tipo de productos transgénicos. Esta norma ha sido emitida el día miércoles 06 de julio de 2011, al Parlamento y cuenta con nueve conclusiones donde se manifiesta por qué no se debe prorrogar la entrada de estos alimentos. Lo cual ha despertado la oposición del ejecutivo quien argumenta que se está subestimando en materia de bioseguridad la ley 27105 (prevención de riesgos de uso de la biotecnología), manifestando que sólo se necesitarían alrededor de 5 años para establecer redes de filtración.


Manuel Francisco Palmi Padilla
Asistente en Investigación Económica
Estudio Martin Abogados

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