Friday, September 6, 2013

Análisis Económico al Principio favor debitoris


El principio favor debitoris nace en la antigua roma, en la Ley de las XII Tablas, como un beneficio que la República Romana le otorgaba a los deudores en su gran mayoría plebeyos, pues la ley de las XII tablas “se origina en el año 303 de Roma, cuando en los comicios por centurias se eligen una comisión conformada por 10 magistrados patricios (decenviros) para que se encarguen de elaborar la ley.”[1] Según la cronometría que establece el Dr. Del Valle, coincide con las manifestaciones por las cuales se vieron azotadas en la antigua Roma producida por los plebeyos, por la tan injusta desigualdad que existían entre los Patricios y los Plebeyos, la ley de las XII tablas “radica en ser una norma que si bien no establecía de modo definitivo la igualdad de derechos entre patricios y plebeyos, sí establecía una serie de reglas que tendrían igual aplicación para ambos estamentos de la población.”[2]


En base a lo ya mencionado se crea lo que se conoce en la actualidad como el principio favor debitoris el cual se encarga de proteger a la parte más débil de una relación jurídica privada, pero ¿que parte más débil? Pues el principio favor debitoris “parte de la premisa según la cual frente a la desigualdad económica, frente a la desigualdad de poder, es la libertad que esclaviza y es la ley que libera.”[3] En la época romana se quiso equilibrar los abusivos derechos del Acreedor sobre el deudor, pero en la actualidad que sentido tendría el principio favor debitoris, teniendo a los derechos humanos, que respaldan los derechos de las personas.

Entonces parece ser innecesaria el principio del derecho privado, y parece ser cierta la afirmación que hace BULLARD en la denominación “sobre el código civil y los dinosaurios” que es el título de uno de sus artículos compilados en el libro de Derecho y Economía.

Jonathan Rafael García Enriquez

Estudios Jurídicos
ESTUDIO MARTIN ABOGADOS

Publicado originalmente en el Blog EMA el 14/01/2011


[1] DEL VALLE QUINTANA, Jorge Luis, Cuadernos del curso de Derecho Romano, Facultad de Derecho de la Universidad César Vallejo, 2008, p. 6.
[2] PETIT, Eugéne, Tratado elemental de Derecho Romano, Ed. Albaltros, p. 38.
[3] BULLARD GONZALEZ, Alfredo, Derecho y Economía, Palestra Editores, p. 130.

No comments:

Post a Comment

¿Qué está pasando con las casillas electrónicas? A próposito de la Resolución Administrativa N° 202-2024-CE-PJ [MARTIN, J.]

¿Qué está pasando con las casillas electrónicas? A próposito de la Resolución Administrativa N° 202-2024-CE-PJ El 02 de julio se promulgó la...