Wednesday, March 6, 2013

La Justicia Tributaria ¿Enervada por la aplicación de la responsabilidad solidaria?

No hace muchos días se público una noticia sobre los problemas que sostenía un conocido astro del fútbol con el fisco de un país donde había jugado por varias temporadas (1). El mismo aludía que las obligaciones tributarias adeudas eran un tema que manejaba, o al menos debía manejar, su representante en conjunto con el presidente del equipo contratante, y que resultaba "injusto" que el fisco sólo lo persiguiera a él. Considerando ciertas sus afirmaciones respecto de la centralización de la Administración Tributaria sólo en el jugador, nos resulta ensayar algunas reflexiones generales.

Comenzamos precisando que en nuestra texto constitucional no existe referencia literal a la expresión "justicia tributaria", como si la hay en la Constitución de España, la cual hace mención a un "sistema tributario justo"; y, puesto que nuestro Tribunal Constitucional es fiel seguidor dela doctrina jurisprudencial de su símil español, no habría problema en considerar implícito este principio. Entonces volviendo al tema que nos ocupa nos preguntamos, sino cuestionamos, ¿Si el que la Administración sólo emplee acciones para ejecutar  las obligaciones tributarias a uno sólo de los obligados solidarios resulta legítimo a la luz del principio -o exigencia- de justicia tributaria?

El que la obligación tributaria sea solidaria responde a una necesidad imperante de efectividad en la recaudación, es decir que el cuatum debeatur sea efectivamente pagado. En ese sentido puede darse la situación, o mejor dicho, puede crearse la situación de que el obligado principal muestre insolvencia y valerse de ello para evadir. La respuesta de la norma ha sido clara y contundente para anular este riesgo estableciendo obligados solidarios que respondan por la totalidad de la deuda en tiempo real sin ningún beneficio de escusión (1). Sin embargo, se observa de que en algunos casos para la instauración de la solidaridad, ex ante debe mediar la culpabilidad, tal es el caso de la responsabilidad solidaria del Gerente en las personas jurídicas. No obstante esto es sólo para la instauración de la solidaridad, lo cual nos hace inferir que el criterio que conlleva no aplica en la forma o el como la Administración da uso a la solidaridad.

En consecuencia tenemos que en algunos casos la solidaridad es instaurada de pleno derecho y  en otros responde a la verificación de factor de culpabilidad -negligencia en el caso citado-; en la primera existe un prejuicio incuestionable y en la segunda un juicio jurídico a determinar. Aparentemente el segundo criterio resulta más razonable desde las perspectiva del contribuyente; empero, dicho criterio y ni que decir del primero, sólo se refieren al momento de instauración de la solidaridad, poco importa lo que pase después, esto es, como la Administración lo aplica, dejando carta libre a su discrecionalidad lo cual siempre supone un peligro muy alto de transgresión , en cuanto a derechos fundamentales y principios se refiere.

No debe dejarse de lado que la recaudación debe hacerse de acuerdo a legalidad y legalidad en nuestros tiempos es constitucionalidad. Por tanto la actividad fiscalizadora no esta exenta de ello, y no es de plano objetable que se ideen criterios de razonabilidad en el "como" la Administración cumple con sus funciones constitucionalmente encomendadas. Los contrapesos, o proporcionalidad en estricto, no tienen por que ser absolutos y valdría la pena examinar los procedimientos de embargo y la distribución de las cargas. No sólo  ir por el que más bienes tiene o es más fácil de embargar, que son el fundamento de tipo económico clásico, puede suponer una mayor coherencia del procedimiento fiscalizador con el precepto constitucional de justicia acorde a las exigencias políticas de la comunidad que la instauro (como todo precepto constitucional).

Luis Enrique Córdova Zavala
Colaborador Externo Pre-Profesional 
Departamento Fiscal y Tributario de
+Estudio Martin Abogados & Economistas

(1) http://www.elnuevoherald.com/2013/02/26/1417512/maradona-dice-que-es-victima-del.html

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